jueves, 7 de abril de 2011

El expediente administrativo de contratación

El Expediente administrativo:

El expediente es la materialización del procedimiento, éste hecho papel, formando así el cuerpo escrito que refleja la expresión documental del proceso de integración de la voluntad administrativa de las actuaciones que tienen lugar en el procedimiento administrativo.
El expediente está constituido por la totalidad de los documentos, informes, opiniones , así como los actos jurídicos de los participantes en el procedimiento administrativo y por aquello de la administración pública que se produzcan, reciban, evalúen y expidan con la finalidad de la celebración de la contratación pública.

Los derechos de los participantes y el expediente de contratación:

a) Acceder a información actualizada, clara, previa, cierta, completa, oportuna y adecuada por vía telefónica, informática o telemática, sobre los asuntos y procedimientos administrativos.
b) Conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación del procedimiento.
c) Obtener copias simples y certificadas de los documentos contenidos en el expediente.
d) Identificar a las autoridades y funcionarios bajo cuya autoridad se tramiten los procedimientos.
e) Acceder a los archivos y registros de conformidad con la ley.
f) Ser tratados con respeto por los funcionarios.
g) A examinar en cualquier estado y grado del procedimiento, leer y copiar cualquier documento contenido en el expediente. Se exceptúan los documentos que previamente hayan sido calificados como secretos o confidenciales por el superior jerárquico, los cuales serán archivados en cuerpos separados del expediente. La calificación de confidencial deberá hacerse mediante acto motivado.

Los deberes de los participantes:

a) Facilitar la información de que disponga sobre el asunto de que se trate, y le sea solicitado por escrito.
b) Comparecer a las oficinas públicas cuando sea requerido, previa notificación hecha por los funcionarios competentes.
c) Cumplir los términos o plazos establecidos, sin perjuicio de las prórrogas según la ley.

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